Audio 11 – Artículo 43

Facebook
Twitter
WhatsApp
Telegram

En este Audio 11 el Diputado y Constitucionalista Eduardo Lust Hitta se refiere a el Artículo 43 de la LUC que modifica la Ley de Procedimiento Policial estableciendo un máximo de 4hs para que la policía obtenga la información imprescindible de lo sucedido y luego comunique al fiscal.
Se explica en el audio que pasaría si fuera derogado este artículo en el posible referéndum

Compartir

Noticias relacionadas